Los consumidores quintanarroenses ahora pagarán desde un peso y hasta 11 pesos de más. Foto/Especial
A partir de hoy IVA en alimentos preparados
Miércoles 01 de Julio de 2015
Chetumal 30 de junio del 2015.-Tiendas de conveniencia, supermercados y áreas de comida rápida son algunos de los lugares donde a partir del primer minuto de este miércoles 1 de julio, subieron de precio los alimentos preparados para su consumo, informó el delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) en Quintana Roo, Marcos Gutiérrez Martínez.

Los consumidores quintanarroenses ahora pagarán desde un peso y hasta 11 pesos de más, aproximadamente, en una serie de comidas preparadas que se ofertan en tiendas de conveniencia, como las cadenas Oxxo, supermercados y hasta áreas de comida rápida en centros comerciales.

El delegado de la Prodecon en Quintana Roo, Marcos Gutiérrez Martínez, dijo que esta alza de precios deriva de la tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2015 y sus anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26, que publicó recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La medida obliga a los establecimientos anteriormente mencionados, los cuales reúnen ciertas características en común, para que graven con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento una lista de alimentos que se consideran “alimentos preparados para su consumo en el lugar de su enajenación”.

Gutiérrez Martínez dijo que la nueva regla ha causado confusión en el sector de alimentos y/o restaurantero mexicano, pues para muchos aún no ha quedado claro cuáles serán los negocios obligados a apegarse a dicha obligación.

Por tal motivo, el entrevistado dijo que los restaurantes en general están exentos de la medida, ya que el documento establece textualmente que “lo dispuesto en la presente regla resulta aplicable en las tiendas denominadas de conveniencia o de cercanía, mini superes, tiendas de autoservicio, y en general en cualquier establecimiento en donde se enajenen al público en general dichos productos y que se encuentren en los refrigeradores o en el área de comida rápida o ‘fastfood’, según se trate”.

Esto quiere decir que para que el producto se considere “alimento preparado para su consumo en el lugar de su enajenación”, éste tiene que estar ya hecho y listo para consumirse una vez sea adquirido; o bien que se le facilite al consumidor las herramientas o utensilios para su preparación y/o cocción o calentamiento; incluso sin necesidad de que se le faciliten dichas herramientas, pues el producto no necesita de un calentamiento o cocción adicional, pero siempre y cuando el producto se encuentre en los refrigeradores o en el área de comida rápida para su elección, independientemente de si se consume o no en el lugar donde se compre.

La lista de alimentos que a partir de este 1 de julio tendrán IVA en los establecimientos mencionados con anterioridad serán sándwiches o emparedados, cualquiera que sea su denominación; tortas o lonches, incluyendo las denominadas chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs, y gorditas, quesadillas, tacos o flautas, incluyendo las denominadas sincronizadas o gringas.

Asimismo, burritos y envueltos, inclusive los denominados rollos y wraps; croissants, incluyendo los cuernitos; bakes, empanadas o volovanes; pizzas, incluyendo la focaccia, y guisos, abarcando hasta las llamadas discadas.

Además, perros calientes (hotdogs) y banderillas; hotcakes; alitas; molletes; hamburguesas; bocadillos (snacks); sushi; tamales; sopas Instantáneas, y nachos.

Diversas tiendas de conveniencia, como la cadena Oxxo, han anunciado a través de sus sitios de internet o a través de sus trabajadores, que aplicarán este aumento como parte de la nueva disposición que estableció el SAT.
La cadena Oxxo expuso en un comunicado que “de acuerdo con las disposiciones fiscales, en OXXO hemos estado gravando a tasa 0 % de IVA, las ventas de los productos incluidos en la lista que emitió la autoridad fiscal (cambio de regla 4.3.6 de la circular miscelánea), al igual que lo hacían nuestros proveedores y la industria en general. Ahora, conforme al cambio a la regla, los productos descritos en esta lista los gravaremos a una tasa del 16 % de IVA”.

Al igual que la empresa anteriormente mencionada, harán lo propio demás tiendas de conveniencia, así como las cadenas de supermercados, minisúperes, e incluso las áreas de comida rápida en centros comerciales donde se vendan los alimentos preparados enlistados por la autoridad fiscal.

Con respecto a los productos que se verán impactados con el IVA de 16 por ciento, éstos deberán reflejar un aumento aproximado que va desde el peso y hasta los 11 pesos, como por ejemplo, si un hotdog cuesta 13 pesos en la tienda de conveniencia, ahora costará alrededor de 15 pesos, pues el IVA correspondiente será de 2.08 pesos.

Lo mismo sucederá con las sopas instantáneas, que rondan los 8 pesos dependiendo el establecimiento donde se compren, pues sobre se precio se aplicará 1.28 pesos de IVA, lo que las hará costar alrededor de 9 pesos o 9 pesos con 50 centavos.

Hay productos en las áreas de comida rápida donde se venden sushi, baguettes, emparedados, sándwiches o tortas y diversos tipos de guisos, entre muchos otros alimentos preparados que forman parte de la lista del SAT que tendrán aumentos de hasta 11 pesos sobre su precio original, pues algunos de estos productos se llegan a vender hasta en 60 y 70 pesos dependiendo el establecimiento donde se compren.

El argumento empleado por la autoridad recaudadora para aplicar esta medida es que detectó que algunos establecimientos no están aplicando lo que señala la legislación en la materia, ya que en ciertas tiendas de conveniencia y minisúperes, a estos productos se les aplica la tasa de cero por ciento y en otras la del 16 por ciento.

Sin embargo, quienes salen más perjudicados de todo esto son los consumidores mexicanos, pues finalmente su economía es la que resentirá esta serie de alzas que no ha cesado desde que se impuso la reforma fiscal en el año 2014.  
FuentePoresto