Esta semana se puso en la página web de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) la sentencia del caso López Mendoza Vs. Venezuela. La CorteIDH es una institución independiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre derechos humanos y de otros tratados relacionados.
Fue establecida en 1979 y tiene su sede en san José Costa Rica. Leopoldo López Mendoza es un político y economista venezolano que fue alcalde del municipio de Chacao de Caracas. López había sido inhabilitado por la justicia venezolana a ocupar cualquier cargo público hasta el 2014. López, sintiéndose vulnerado en sus derechos, inició un proceso contra el estado de Venezuela en la CorteIDH.
En la sentencia, larga cómo todos estos tipos de documentos, la corte declara que se deben dejar sin efecto las resoluciones emitidas por el Contralor General de la República mediante las cuales se inhabilitaba al señor López para ejerces funciones públicas.
Se debe reconocer que Leopoldo López puede ocupar puestos públicos en las mismas condiciones que cualquier otra persona, o sea: puede, legalmente, ser un posible candidato al gobierno. No es de extrañar que al gobierno de Hugo Chavez, presidente actual de Venezuela, no le haya agradado nada esta resolución, pues finalmente hay un órgano jurídico que te está diciendo que has hecho las cosas de manera inadecuada y te está instruyendo a rectificar.
De acuerdo con reportes de medios en Venezuela, Hugo Chavez ha dicho que la CorteIDH es una de esas instituciones del pasado, de la cual todavía se siguen esperando pronunciamientos de casos promovidos por el estado venezolano, como el del golpe de estado del 11 de abril del 2002 en Honduras contra el presidente Manuel Zelaya, por lo que para él, no vale nada.
Lo cierto es que el derecho internacional es algo muy complejo, lo que lo hace una fuente inagotable de tecnicismos legales y discusiones jurídicas. Sin embargo es lo que rige para dirimir diferencias. Así que, más de lo que piense una persona en particular, lo que debe primar es lo que el estado de derecho internacional dictamine.
Finalmente las leyes de un país no pueden estar en contra posición a leyes internacionales a las cuales ese mismo país ha estado de acuerdo en someterse (es por ello que ha firmado los acuerdos). Así que si todo ha estado conforme a derecho se puede prever que se debe acatar la sentencia o seguir los pasos que existan para solicitar su reconsideración.
Aunque a veces las resoluciones no agraden a los dirigentes, el hecho de pertenecer a organismos internacionales es de mucho beneficio, y si lo dudan pregúntenle al Tibet, que teniendo una política de aislamiento internacional, cuando tuvieron la invasión China no tuvieron ningún organismo ante quien acogerse.
Finalmente, todo se trata de acuerdos, acuerdos a todos los niveles: acuerdos internacionales entre países, acuerdos locales entre gobiernos, acuerdos a nivel individual entre personas, y así. Esperemos que acuerdos sigan existiendo para poder seguir conviviendo de manera organizada y, en la medida de lo posible, con paz. Ojalá así sea.